

DEMUNA DE COMAS AL FIN CUMPLIO CON LA LEY SUS ACTAS AHORA TIENEN PESO Y DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO
Después de largos nueve años se puede decir que la municipalidad de comas, cumplió con la ley 27007, ley que autoriza a las demunas a emitir actas con carácter de títulos de ejecución.
Nuestra parte mediante expediente administrativo N° 2478-2007 de fecha 14 de febrero advirtió tal falencia y la inconveniencia de seguir emitiendo actas de conciliación extrajudicial a los administrados en temas de tan delicados casos como son alimentos, tenencia, régimen de visitas etc. Dado que sin la autorización las actas carecían de valor ejecutivo esto quiere decir que las actas se emitían sin la eficacia legal de los acuerdos imposibilitados de solicitar al juez que haga cumplir los acuerdos arribados en la conciliacion por ante la demuna, por ello radica la importancia del logro alcanzado.
Los acuerdos arribados en las demunas que no tienen la autorización de emitir actas con carácter de titulo ejecutivo no pueden hacer cumplir los acuerdos alcanzados en las audiencias conllevando el proceso en una verdadera perdida de tiempo.
Hoy gracias al esfuerzo realizado por la encargada de la demuna de comas Sra. Roció Vargas Alanya se cuenta con la RESOLUCIÓN SUB. DIRECTORAL N° 031-2008-MINDES-DGFC-DINNA-SDD de fecha 14 de octubre la autorización para poder realizar conciliaciones extrajudiciales con carácter de titulo de ejecución en materia de ALIMENTOS, REGIMEN DE VISITAS Y TENENCIA en estos tres temas los administrados que concurran a la demuna de comas podrán agilizar los procesos y solicitar al juez se de el cumplimiento de los acuerdos llegados en dichas dependencias municipal.
Es de resaltar el logro ya que coadyuvara en la solución pacifica rápida y económica de dichos procedimientos.
Exhortamos las demunas de otros distritos que no cuentan con este dispositivo adecuarse a la ley 27007 y así poder ayudar a resolver verdaderamente la problemática de su población en las materias mencionadas y dichas actas no sean un acto gaseoso y perjudicial a los administrados lesionando su derechos fundamentales que es a la tutela jurisdiccional efectiva y evitar de una vez la burla en los procedimientos que se siguen sin contar con la autorización, que por fin la municipalidad de comas cuenta, después de 3 periodos administrativos paso la administración del profesor Arnulfo Medina Cruces , la primera administración del doctor Miguel Ángel Saldaña Reategui y no se preocuparon por este tema lesionando así los derechos de los administrados lo que hoy por la denodada actuación y por perseverancia la encargada de la demuna de comas consiguió, acto que fuera comunicado con oficio N° 590-2008/MINDES-DGFC-DINNA-SDD el 16 de octubre mediante expediente administrativo N° 6959 AM1, lo cual es un esfuerzo de meritorio reconocimiento a favor de los niño y niñas abandonadas moral y económicamente por sus progenitores.
Hoy esperamos se complemente dicho procedimiento con lo expresado por la ley 26872 su reglamento N° 004-2005-JUS y sus modificatorias cumpliendo con notificar a los invitados con la copia de las solicitudes y anexos de las solicitantes, cumpliendo con esto se cautelaría el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva en cede administrativa.
Lo bueno se enzarza y difunde, los yerros se observan y se subsanan
Nuestra parte mediante expediente administrativo N° 2478-2007 de fecha 14 de febrero advirtió tal falencia y la inconveniencia de seguir emitiendo actas de conciliación extrajudicial a los administrados en temas de tan delicados casos como son alimentos, tenencia, régimen de visitas etc. Dado que sin la autorización las actas carecían de valor ejecutivo esto quiere decir que las actas se emitían sin la eficacia legal de los acuerdos imposibilitados de solicitar al juez que haga cumplir los acuerdos arribados en la conciliacion por ante la demuna, por ello radica la importancia del logro alcanzado.
Los acuerdos arribados en las demunas que no tienen la autorización de emitir actas con carácter de titulo ejecutivo no pueden hacer cumplir los acuerdos alcanzados en las audiencias conllevando el proceso en una verdadera perdida de tiempo.
Hoy gracias al esfuerzo realizado por la encargada de la demuna de comas Sra. Roció Vargas Alanya se cuenta con la RESOLUCIÓN SUB. DIRECTORAL N° 031-2008-MINDES-DGFC-DINNA-SDD de fecha 14 de octubre la autorización para poder realizar conciliaciones extrajudiciales con carácter de titulo de ejecución en materia de ALIMENTOS, REGIMEN DE VISITAS Y TENENCIA en estos tres temas los administrados que concurran a la demuna de comas podrán agilizar los procesos y solicitar al juez se de el cumplimiento de los acuerdos llegados en dichas dependencias municipal.
Es de resaltar el logro ya que coadyuvara en la solución pacifica rápida y económica de dichos procedimientos.
Exhortamos las demunas de otros distritos que no cuentan con este dispositivo adecuarse a la ley 27007 y así poder ayudar a resolver verdaderamente la problemática de su población en las materias mencionadas y dichas actas no sean un acto gaseoso y perjudicial a los administrados lesionando su derechos fundamentales que es a la tutela jurisdiccional efectiva y evitar de una vez la burla en los procedimientos que se siguen sin contar con la autorización, que por fin la municipalidad de comas cuenta, después de 3 periodos administrativos paso la administración del profesor Arnulfo Medina Cruces , la primera administración del doctor Miguel Ángel Saldaña Reategui y no se preocuparon por este tema lesionando así los derechos de los administrados lo que hoy por la denodada actuación y por perseverancia la encargada de la demuna de comas consiguió, acto que fuera comunicado con oficio N° 590-2008/MINDES-DGFC-DINNA-SDD el 16 de octubre mediante expediente administrativo N° 6959 AM1, lo cual es un esfuerzo de meritorio reconocimiento a favor de los niño y niñas abandonadas moral y económicamente por sus progenitores.
Hoy esperamos se complemente dicho procedimiento con lo expresado por la ley 26872 su reglamento N° 004-2005-JUS y sus modificatorias cumpliendo con notificar a los invitados con la copia de las solicitudes y anexos de las solicitantes, cumpliendo con esto se cautelaría el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva en cede administrativa.
Lo bueno se enzarza y difunde, los yerros se observan y se subsanan
felicidades pueblo comeño concurre a la demuna de comas que hoy podrás verdaderamente solucionar de manera pacifica rápida y económica los problemas mas sensibles de familia.
NOS ESCRIBEN SOLICITANDO LA DIRECCION DE LA DEMUNA
ACTAULMENTE LA DEMUNA ESTA FUNCIONANDO EN EL CENTRO CIVICO MUNICIPAL UBICADO EN LA AV. 22 DE AGOSTO A 1 CUADRA DE LA AV. UNIVERSITARIA
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PARA CONTACTARSE CON NOSOTROS ES MUY SENCILLO POR ESTE MISMO MEDIO, NOS ESCRIBE SOLICITANDO LAS CHARLAS PROPONIENDO LOS TEMAS DE SU INTERES ESCRIBIENDO SUS GENERALES DE LEY, Y/O REPRESENTACION DEL CENTRO EDUCATIVO NOS PUEDE LLAMAR A LOS CELULARES 996835767 Y/O AL 993282091 PARA CONTACTARSE DIRECTAMENTE CON EL PRESIDENTE DE LA INSTITUCION Dr. BUENO Y/O CON LA COORDINADORA GENERAL LIC ROSA GLADYS CHIANG , ASI MISMO PUDE ENVIAR UNA CARTA SOLICITANDO NUESTRA PRESENCIA PARA COORDINAR ACCIONES LA DIRECCION ES CALLE 3 NUMERO 231-233 URBNIZACION CARABAYLLO- COMAS
