domingo, 22 de junio de 2014

RECALAMOS A SEDAPAL

HOY VEMOS COMO LAS EMPRESAS DE SERVICIO PUBLICO, COMO SEDAPAL, EDELNOR Y TELEFONÍA INTERNET ETC. SE ENCUENTRAN FACTURANDO SUMAS EXORBITANTES  Y LA POBLACIÓN NO SABE QUE HACER MAS AUN SE SE ACERCA A UNA DE ESTAS EMPRESAS PARA PRESENTAR UN RECLAMO, NOS ENCONTRAMOS CON UN  PRIMER OBSTÁCULO, EL BENDITO TIKET DE ATENCIÓN, EL MISMO QUE SE DEBE DE OBTENER HACIENDO LA PRIMERA COLA, UNA VEZ OBTENIDO SE PRESENTA LA SEGUNDA ODISEA, ESPERAR EN EL CASO DE SEDAPAL CASI DOS HORAS PARA SER ATENDIDO EN UN MODULO, UNA VEZ EN EL MODULO EL RECEPCIONISTA DEL RECLAMO PRETENDE SER EL QUE RESUELVA SEÑALANDO QUE DEBE PAGAR SIN DARLE OPCIÓN A PRESENTAR SU QUEJA, TRANSGREDIENDO ASÍ EL LEGITIMO DERECHO A LA PETICIÓN CONSAGRADO EN LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES      

 LES RECORDAMOS A TODOS NUESTROS USUARIOS QUE LAS EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS ESTÁN EN LA OBLIGACIÓN  LEGAL DE RECEPCIONAR SUS RECLAMOS SIN RESTRICCIÓN ALGUNA UNA VEZ QUE INTERPONE EL RECLAMO LAS FACTURAS SE CONGELAN HASTA TERMINAR  EL PROCESO Y ESTOS PROCESOS CONSTAN DE TRES ETAPAS , LA PRIMERA EL RECLAMO, UNA VEZ QUE EXPIDAN LA RESOLUCIÓN EN SEGUNDA ETAPA SE PUDE OPTAR POR UN RECURSO QUE SE LLAMA RECONSIDERACION  ESTE RECURSO SE OFRECE PRUEBA NUEVA Y LO RESUELVE LA MISMA AUTORIDAD (SEDAPAL) DE LO CONTRARIO TERCERA ETAPA  SU OPTA POR EL RECURSO DE APELACIÓN ESTE RECURSO LO VA HA RESOLVER EL ENTE SUPERIOR (SUNASS) DE NO ESTAR DE ACUERDO CON LO RESUELTO POR LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA SE PROCEDE A INTERPONER DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA ANTE EL PODER JUDICIAL ES NUESTRO DERECHO EL DE PODER RECLAMAR POR UN SERVICIO MAL BRINDADO ASI COMO POR LOS COBROS ABUSIVOS.
HOY LES PRESENTAMOS UN MODELO DE RECLAMO POR FACTURACIÓN ATÍPICA, ESTE TIPO DE RECLAMOS SE PRESENTA CUANDO LA FACTURACIÓN DE UN MES BIENE UN COBRO EXCESIVO   

SUMINISTRO 598241


CLIENTE ABAN IMPORT & EXPORT S.A.
MATERIA: RECLAMO POR COBRO EXCESIVO
SUMILLA: SE MODIFIQUE LOS MONTOS DE COBRO, AL HABER FACTURACIÓN ATÍPICA EN LOS RECIBOS DE LOS MESES DE MAYO Y JUNIO

SEÑORES SEDAPAL
ABAN IMPORT Y EXPORT S.A, con RUC Nº 20505093209, con domicilio real en la Calle Santas Angélica Nº 216 Urbanización Santa Luisa Distrito de Comas, debidamente representada por su apoderado  Miguel Ángel Bueno Sánchez, identificado con DNI Nº 09033362 Titular del suministro Nº 5982415, ante su digno despacho me presento y expongo:
Que, estando a lo señalado por la Resolución Nº 066-2006-SUNASS-CD, sus modificatorias prescribe  artículo 10.1 Problemas relativos a la facturación:
El reclamo comercial relativo a la facturación, deberá ser presentado ante la EPS dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de vencimiento de la facturación o de producido el hecho que lo motiva. Toda ampliación del reclamo posterior a la presentación inicial por cualquier concepto o meses reclamados, se aceptará hasta los cinco (5) días hábiles posteriores a la presentación del reclamo.
Y estando que el reclamo comercial presentado es de los meses comprendidos mayo y junio del 2014 recibos números 06283814-13111201405 por le monto de S/.591.99 (quinientos noventa y uno con 99/100 nuevos soles) 07809145-13111201406 por el monto de  S/. 607.73 (seis cientos siete con 73/100 nuevos soles) respectivamente, se encuentra en el periodo se ser reclamados.
Que, la facturación reclamada se encuentra prescrita por el articulo 88 del Reglamento de Reglamos, al haber superado la diferencia de facturación constituyendo el mismo en atípica dado que ha superado en mas del 200% el histórico de lectura y facturación.
88.1.Las EPS realizarán un permanente control de calidad de las facturaciones basadas en diferencia de lecturas, detectando aquellas que resulten atípicas, a efectos de descartar deficiencias en la lectura o la presencia de factores distorsionantes del registro de consumos.
Se considera como diferencia de lecturas atípica, aquella que supera en más del 100% al promedio histórico de consumo del usuario y sea igual o mayor a dos (02) asignaciones de consumo.
Que, de acuerdo a lo señalado por el Reglamento y comprobar fehacientemente lo atípico de la facturación la misma que supera mas del 200% es de aplicación lo señalado por el articulo 89 de la norma incoada
“Artículo 89°.- Determinación del Volumen a Facturar por Agua Potable
La determinación del volumen a facturar (VAF) por Agua Potable, se efectúa mediante diferencia de lecturas del medidor de consumo. En su defecto, se facturará por el promedio histórico de consumos. En caso de no existir promedio válido, se facturará la asignación de consumo.
Se entiende como Promedio Histórico de Consumos, el promedio de las seis (6) últimas diferencias de lecturas válidas existentes en el período de un (01) año. La aplicación de lo dispuesto se hará considerando como mínimo dos (02) diferencias de lecturas válidas. El promedio así calculado se empleará durante los meses en que subsista el régimen de Promedio Histórico de Consumos de acuerdo a lo dispuesto en la presente norma.            
Que, la facturación excesiva no corresponde al consumo realizado dado que el volumen registrado presuntamente por el medidor ha sobrepasado el volumen histórico en mas del 200%.
ANEXOS:
Copias de los recibos de los meses de mayo y junio
Copia de la vigencia de poder
Copia de DNI del recurrente
POR TANTO:
Señores  tenga por reclamados los recibos correspondientes a los meses de mayo y junio por haber superado en mas del 200% el histórico de consumo y facturación constituyendo en atípica

EL PRESENTE MODELO CONFORME SE OBSERVA ES DE UNA PERSONA JURÍDICA, LAS PERSONAS NATURALES SOLO TIENE QUE ADJUNTAR EL DNI, RECIBO RECLAMADO, SI SE PRESENTAN POR OTRA PERSONA UN PODER SIMPLE.

PARA MAYOR ORIENTACION PUEDE CONTACTARSE CON NOSOTROS AL CELULAR Nº  996835767 Y/O RMP NUMERAL 996489784   

ESTIMADO USUARIO, NUESTRA AYUDA Y/O ORIENTACIÓN EN LOS RECLAMOS POR COBROS ABUSIVOS DE SEDAPAL, ES PARA QUE TODAS LAS PERSONAS QUE LO ESTIMEN CONVENIENTE TENGAN UN MODELO QUE PUEDAN ADAPTARLOS A SUS NECESIDADES, LA AYUDA AL PUEBLO SIEMPRE ESTA ALLÍ, SI NECESITA MAYOR INFORMACIÓN PUEDE ACERCARSE A LA AV. LAMPA Nº 879 OFICINA 510 LIMA CERCADO PARA RECIBIR ORIENTACIÓN RELACIONADA CON EL TEMA, ASIMISMO EN LOS TEMAS DE COBRO DE LAS EMPRESAS ELÉCTRICAS, TELEFONÍA ETC. 

11 comentarios:

Anónimo dijo...

como hago un reclamo a la empresa electrica , por cobro excesivo

Anónimo dijo...

como hago un reclamo a la empresa electrica , por cobro excesivo

Anónimo dijo...

QUE OPINION TIENEN DE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA APROBADO EN EL CONGRESO.

Anónimo dijo...

hola dime que pasa con el colegio san martin, ustedes pueden actuar en defensa de dicha institución educativa

Anónimo dijo...

URGENTE URGENTE NECESITAMOS DE APOYO DE LA COMUNIDAD CIVIL, NOS QUIEREN DESPOJAR DE NUESTRO CENTRO DUCATIVO

Anónimo dijo...

como defendernos las personas de apie de los abusos de sedapal , si ustedes apoyan solo a las empresas deberían también apoyar y ayudar a la gente que no tiene como pagar abogados ni consultores.
no pierdan su rumbo sigan con el pueblo

REYNALDO dijo...

la facturación atípica no es aplicable a los predios comerciales,ni industriales.

Anónimo dijo...

Un modelo de demanda sería bueno. Gracias

Unknown dijo...

SOMOS LD ASESORES SOMOS ESPECIALISTAS EN RECLAMOS A SEDAPAL VISITE NUESTRO CANAL EN YOUTUBE https://www.youtube.com/watch?v=t53b1MOB4Yc

Unknown dijo...

tendra modelos de apelacion y reconsideracion a sedapal?

Unknown dijo...

REALIZAMOS TODO TIPO DE DOCUMENTACIÓN ANTE SEDAPAL:

- RECLAMOS, APELACIONES, RECONSIDERACIONES, SILENCIO ADMINISTRATIVO

- CARTA PODER, CARTA DE CONFORMIDAD, CARTA DE COMPROMISO

- EXPEDIENTES PARA AGUA Y ALCANTARILLADO, INDEPENDIZACIONES,

- PLANOS SANITARIOS, CROQUIS DE UBICACION

- ASESORIA EN PROYECTO EN PARTE ALTA, A.H., COOPERATIVAS, ASOCIACIONES, PUEBLO JOVEN ETC

- CARTAS PARA SUNASS,

NOTA: TAMBIEN ASESORAMOS PARA EL SERVICIO DE LUZ.

TENEMOS MAS DE 15 AÑOS Y ESTAMOS FRENTE A SEDAPAL DE COMAS BELAUNDE OESTE

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