Articulo 488º.- Caracter del patrimonio familiar
El patrimonio familiar es inembargable, inalienable y transmisible por herencia.
Articulo 489º.- Bienes afectados patrimonio familiar
Puede ser objeto del patrimonio familiar:
1.- La casa habitación de la familia.
2.- Un predio destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio.
El patrimonio familiar no puede exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios.
Articulo 490º.- Consecuencia de constitución de patrimonio familiar
La constitución del patrimonio familiar no transfiere la propiedad de los bienes del que lo constituye a los beneficiarios. Estos adquieren solo el derecho de disfrutar de dichos bienes.
Articulo 491º.- Autorización judicial para disponer del patrimonio familiar
Los bienes del patrimonio familiar pueden ser arrendados solo en situaciones de urgente necesidad, transitoriamente y con autorización del juez.
También se necesita autorización judicial para arrendar una parte del predio cuando sea indispensable para asegurar el sustento de la familia.
Articulo 492º.- Embargo de frutos del patrimonio familiar
Los frutos del patrimonio familiar son embargables hasta las dos terceras partes, únicamente para asegurar las deudas resultantes de condenas penales, de los tributos referentes al bien y de las pensiones alimenticias.
Articulo 493º.- Personas que pueden constituir patrimonio familiar
Pueden constituir patrimonio familiar:
1.- Cualquiera de los cónyuges sobre bienes de su propiedad.
2.- Los cónyuges de común acuerdo sobre bienes de la sociedad.
3.- El padre o madre que haya enviudado o se haya divorciado, sobre sus bienes propios.
4.- El padre o madre solteros sobre bienes de su propiedad.
5.- Cualquier persona dentro de los limites en que pueda donar o disponer libremente en testamento.
Articulo 494º.- Requisito esencial para constituir patrimonio familiar
Para ejercer el derecho de constituir patrimonio familiar es requisito esencial no tener deudas cuyo pago sea perjudicado por la constitución.
SEÑOR
NOTARIO:
SIRVASE
USTED EXTENDER EN SU REGISTRO NOTARIAL DE ASUNTOS NO CONTENCIOSOS UNA ESCRITURA
PUBLICA DE CONSTITUCION DE PATRIMONIO FAMILIAR, QUE OTORGAN DON ..................................................., IDENTIFICADO CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NUMERO ............................., INGENIERO Y SU CONYUGE DOÑA ............................................, IDENTIFICADA
CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NUMERO ............................., A QUIENES SE LES
DENOMINARA EN ADELANTE LOS OTORGANTES, CON DOMICILIO EN ...................................................., DISTRITO DE ........................................., LIMA, EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
P R I
M E R A.
LOS
OTORGANTES SON PROPIETARIOS DEL BIEN INMUEBLE EDIFICADO SOBRE EL LOTE .... DE LA
MANZANA ....., URBANIZACION ......................................................, DISTRITO DE LA ..................................,
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, CUYO DOMINIO, AREAS, LINDEROS Y MEDIDAS
PERIMETRICAS CORREN INSCRITOS EN LA FICHA Nº ............................ DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE DE LIMA.
S E G
U N D A.
LOS
OTORGANTES EJERCIENDO LA FACULTAD QUE LES CONCEDE EL ART. Nº 489 DEL CODIGO
CIVIL, CONSTITUYEN PATRIMONIO FAMILIAR SOBRE EL BIEN INMUEBLE INDICADO EN LA
CLAUSULA ANTERIOR.
EL
PATRIMONIO FAMILIAR SOBRE EL BIEN INMUEBLE SE CONSTITUYE EN FAVOR DE LA
SOCIEDAD CONYUGAL Y DE SU MENOR HIJO ...............................................................
T E R
C E R A.
LOS
OTORGANTES DECLARAN BAJO JURAMENTO QUE NO TIENEN DEUDAS CUYO PAGO SEA
PERJUDICADO POR LA CONSTITUCION DEL PRESENTE PATRIMONIO FAMILIAR Y QUE ESTE
PATRIMONIO NO EXCEDE NI EXCEDERA LO NECESARIO PARA EL SUSTENTO DE LOS
BENEFICIARIOS.
C U A
R T A.
LOS
OTORGANTES DECLARAN BAJO JURAMENTO NO HABER CONSTITUIDO PATRIMONIO FAMILIAR
SOBRE NINGUN OTRO BIEN CON ANTERIORIDAD A LA PRESENTE, ASIMISMO DECLARAN
CONOCER LAS SANCIONES CIVILES Y PENALES EN CASO DE FALSEDAD O INEXACTITUD DE
LAS PRESENTES DECLARACIONES Y LAS QUE ANTECEDEN.
Q U I
N T A.
PARA
LOS EFECTOS DE LA PRESENTE CONSTITUCION DE PATRIMONIO FAMILIAR SE VALORIZA EL
INMUEBLE AFECTADO EN S/..............................................(....................................................................................... Y 00/100 NUEVOS SOLES).
S E X
T A.
LA
ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO FAMILIAR CORRESPONDERA A LOS OTORGANTES.
S E T I M A.
QUE EN
CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 25º DE LA LEY Nº 26662 SE ADJUNTA:
- EL
CERTIFICADO DE GRAVAMENES DEL BIEN MATERIA DEL PRESENTE PATRIMONIO FAMILIAR.
- LA
PARTIDA DE MATRIMONIO CORRESPONDIENTE, QUE USTED SEÑOR NOTARIO SE SERVIRA
INSERTAR.
- LA PARTIDA DE NACIMIENTO CORRESPONDIENTE, QUE USTED
SEÑOR NOTARIO SE SERVIRA INSERTAR.
AGREGUE USTED SEÑOR NOTARIO, LAS CLAUSULAS Y
LOS INSERTOS DE LEY Y PASE PARTES AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LIMA,
PARA SU RESPECTIVA INSCRIPCION
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